Calculadora Cuota de Autónomos 2026

Simula al céntimo tu cuota mensual de autónomo según el sistema oficial de cotización por rendimientos netos reales de la Seguridad Social (RETA). Incluye los 15 tramos oficiales, deducción de gastos genéricos, tarifa plana y regularización anual.

ACTUALIZADO: AGOSTO 2026
NIVEL DE USO BÁSICO - MEDIO
REVISADO POR Equipo de AhorraInteligente
Simulación oficial de cotización y tramos de cuota de autónomos por rendimientos netos
Respuesta Directa

¿Cuánto paga un autónomo a la Seguridad Social en 2026?

En España, los trabajadores por cuenta propia cotizan mediante un sistema progresivo de 15 tramos en función de sus rendimientos netos reales (ingresos íntegros menos gastos deducibles menos un 7% de gastos de difícil justificación para personas físicas o 3% para autónomos societarios). En 2026, las cuotas mensuales oscilan entre un mínimo de 235,26 € (para rendimientos netos iguales o inferiores a 670 €/mes) y un mínimo de 675,10 € (para rendimientos superiores a 6.000 €/mes, con una cuota máxima opcional de 1.477,52 € si se elige la base máxima de 4.720,50 €). Los nuevos autónomos pueden acogerse a la Tarifa Plana de 80 € mensuales durante los primeros 12 meses.

Parámetros de Actividad

Ingresos
Deducción

Alquiler de local/oficina, suministros afectos, gestoría, herramientas de software y suministros.

Los autónomos individuales aplican un 7% automático de deducción por gastos de difícil justificación (3% para societarios).

Elegir Base de Cotización dentro de tu Tramo (Opcional)
1.045,75 €
Mín: 1.045,75 € Máx: 1.500,00 €
La Seguridad Social te permite cotizar por cualquier base entre el mínimo y el máximo de tu tramo. A mayor base, mayor cuota pero mejores prestaciones futuras (jubilación, baja laboral, maternidad/paternidad).

Resultado de Cotización

Tablas Oficiales RETA 2026
Cuota Mensual a Pagar (Seguridad Social)
0,00 €
Tramo Oficial Asignado: Tramo 5 (1.300,01 € a 1.500,00 €)
Rendimiento Neto Computable 0,00 €/mes 0,00 € anual
Base de Cotización Elegida 0,00 € Mín: 0,00 € | Máx: 0,00 €
Coste Anual en Cuotas 0,00 € 12 mensualidades
Deducción Gastos Genéricos 0,00 €/mes 7% difícil justificación

Desglose de Cotización (Tipo Total: 31,30%)

Concepto de Cobertura Tipo (%) Importe Mensual
Contingencias Comunes 28,30% 0,00 €
Contingencias Profesionales (AT/EP) 1,30% 0,00 €
Cese de Actividad (Paro de Autónomo) 0,90% 0,00 €
Formación Profesional 0,10% 0,00 €
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) 0,70% 0,00 €

Tabla de los 15 Tramos del RETA 2026

Tramo Rendimiento Neto (€/mes) Base Mínima Cuota Mínima (31,3%)
Regularización Anual con Hacienda: Al finalizar el año fiscal, la Seguridad Social cruzará tus datos con la Declaración de la Renta de la Agencia Tributaria. Si has cotizado por debajo de tus rendimientos netos reales, deberás abonar la diferencia; si has cotizado por encima, la Tesorería te devolverá el exceso de oficio.

Cómo Utilizar la Calculadora de Cuota RETA

1

Selecciona el Período y tus Ingresos Brutos

Introduce la facturación mensual o anual de tu actividad económica sin incluir el IVA recaudado.

2

Indica tus Gastos Deducibles

Añade los gastos afectos a la actividad (suministros, compras a proveedores, cuotas profesionales, herramientas y asesoría).

3

Elige tu Perfil de Autónomo y Tarifa Plana

Indica si eres persona física (7% deducción) o societario (3% deducción), y si disfrutas de la bonificación de Tarifa Plana.

4

Analiza tu Tramo Asignado y Desglose

Comprueba tu tramo oficial (del 1 al 15), tu base de cotización mínima y el desglose de coberturas a la Seguridad Social.

¿Cómo Funciona el Sistema de Cotización por Rendimientos Netos en 2026?

Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 13/2022, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) abandonó definitivamente el modelo de libre elección de base de cotización para implementar un esquema de cotización por ingresos reales. En este sistema, cada trabajador por cuenta propia cotiza a la Seguridad Social en función del beneficio económico real generado por su actividad profesional.

El sistema se estructura en una tabla de 15 tramos de rendimientos netos aprobada con una senda progresiva de tres años. Cada tramo establece una base de cotización mínima y una base de cotización máxima. Dentro de su tramo correspondiente, el autónomo puede elegir libremente la base por la que desea cotizar cada mes, lo que determinará tanto su cuota mensual como el importe de sus futuras prestaciones públicas (incapacidad temporal, maternidad/paternidad, cese de actividad y pensión de jubilación).

Fórmula Oficial del Rendimiento Neto Computable

Para determinar en qué tramo de cotización debes situarte, la Seguridad Social no tiene en cuenta tu facturación bruta total, sino el Rendimiento Neto Computable anualizado y mensualizado.

Fórmula de Cálculo RETA (Seguridad Social)
Rendimiento Neto = (Ingresos Brutos - Gastos Deducibles) × (1 - Deducción Genérica)

Donde la deducción genérica por gastos de difícil justificación es del 7% para autónomos personas físicas y del 3% para autónomos societarios.

El procedimiento reglamentario consta de los siguientes pasos:

  • Paso 1: Rendimiento Neto Previo. Se calcula sumando todos los ingresos íntegros derivados de la actividad económica (excluyendo el IVA repercutido) y restando todos los gastos fiscalmente deducibles admitidos por la normativa del IRPF (excluyendo la propia cuota del RETA en la estimación inicial).
  • Paso 2: Aplicación de Gastos de Difícil Justificación. Se descuenta un 7% adicional de forma automática sobre el beneficio previo en concepto de gastos generales de difícil justificación (para autónomos individuales) o un 3% en el caso de autónomos societarios que hayan estado de alta más de 90 días en el año como administradores o socios con control societario.
  • Paso 3: Mensualización del Rendimiento. La cifra anual resultante se divide entre el número de días o meses de actividad en el año fiscal para obtener el promedio mensual que determinará el tramo en la tabla del RETA.

Tabla Oficial Completa de los 15 Tramos del RETA 2026

A continuación se detalla la escala oficial de 15 tramos de cotización para 2026, con sus bases mínimas y máximas y las cuotas resultantes calculadas con el tipo general obligatorio del 31,30%:

Tramo Rendimiento Neto Mensual Base Mínima Base Máxima Cuota Mínima (31,30%)
Tramo 1 Menor o igual a 670,00 € 751,63 € 849,66 € 235,26 €
Tramo 2 De 670,01 € a 900,00 € 849,67 € 900,00 € 265,95 €
Tramo 3 De 900,01 € a 1.166,70 € 950,98 € 1.166,70 € 297,66 €
Tramo 4 De 1.166,71 € a 1.300,00 € 1.000,00 € 1.300,00 € 313,00 €
Tramo 5 De 1.300,01 € a 1.500,00 € 1.045,75 € 1.500,00 € 327,32 €
Tramo 6 De 1.500,01 € a 1.700,00 € 1.091,50 € 1.700,00 € 341,64 €
Tramo 7 De 1.700,01 € a 1.850,00 € 1.143,79 € 1.850,00 € 358,01 €
Tramo 8 De 1.850,01 € a 2.030,00 € 1.209,15 € 2.030,00 € 378,46 €
Tramo 9 De 2.030,01 € a 2.330,00 € 1.274,51 € 2.330,00 € 398,92 €
Tramo 10 De 2.330,01 € a 2.760,00 € 1.372,55 € 2.760,00 € 429,61 €
Tramo 11 De 2.760,01 € a 3.190,00 € 1.503,27 € 3.190,00 € 470,52 €
Tramo 12 De 3.190,01 € a 3.620,00 € 1.633,99 € 3.620,00 € 511,44 €
Tramo 13 De 3.620,01 € a 4.050,00 € 1.764,71 € 4.050,00 € 552,35 €
Tramo 14 De 4.050,01 € a 6.000,00 € 1.960,78 € 4.720,50 € 613,72 €
Tramo 15 Más de 6.000,00 € 2.156,86 € 4.720,50 € 675,10 €

Desglose del Tipo de Cotización a la Seguridad Social (31,30%)

El porcentaje total que se aplica sobre la base de cotización elegida es del 31,30% en 2026. Este porcentaje no es un coste homogéneo, sino que financia cinco coberturas sociales obligatorias:

Contingencias Comunes (28,30%)

Cubre las situaciones de enfermedad común, incapacidad temporal y permanente derivada de contingencias no laborales, así como las prestaciones por jubilación, viudedad y orfandad.

Contingencias Profesionales (1,30%)

Financia la cobertura ante accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP) sobrevenidas en el ejercicio directo de la actividad empresarial o profesional.

Cese de Actividad (0,90%)

Otorga protección económica ante la pérdida involuntaria de la actividad (conocido como el paro de los autónomos), condicionado al cumplimiento de los períodos mínimos cotizados.

MEI y Formación (0,80%)

Incluye un 0,10% para acceso a cursos de formación continua y un 0,70% correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) para el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Tarifa Plana de 80 €: Requisitos, Bonificación y Funcionamiento

Los profesionales que inicien su actividad o lleven al menos dos años sin figurar en alta en el RETA pueden acogerse a la Tarifa Plana estatal (cuota reducida por inicio de actividad):

  • Primeros 12 meses: Cuota fija bonificada de 80,00 € mensuales independientemente del volumen de facturación o rendimientos que obtenga el autónomo.
  • Segundo año (meses 13 al 24): Se puede prorrogar la cuota reducida de 80 €/mes únicamente si los rendimientos netos anuales del autónomo se sitúan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Si superan el SMI, el autónomo pasa a cotizar por el tramo que le corresponda según la tabla general.
  • Cuota Cero Autonómica: Diversas Comunidades Autónomas (como Madrid, Andalucía, Murcia, Galicia, Baleares, Cantabria y Castilla y León) subvencionan al 100% el coste de la tarifa plana durante el primer año (y segundo si se cumplen condiciones), reintegrando los 80 € mensuales al profesional.

Regularización Anual: El Cruce de Datos entre la Seguridad Social y Hacienda

El pilar operativo del RETA por tramos es el proceso de regularización anual. Al terminar el ejercicio fiscal, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) cruzan los datos declarados en el IRPF con las cuotas abonadas mes a mes.

¿Cómo se Resuelve la Regularización?

Tras confrontar los datos de la declaración de la Renta con las bases provisionales elegidas, se producen dos posibles escenarios:

  • Cotización inferior a los rendimientos reales: La TGSS emite una liquidación complementaria con la diferencia a abonar. El autónomo dispone de plazo hasta el último día del mes siguiente a la notificación para ingresar la cuantía sin recargo ni intereses.
  • Cotización superior a los rendimientos reales: La TGSS efectúa una devolución de oficio mediante transferencia bancaria antes del 30 de abril del año siguiente a la regularización, reintegrando el exceso cotizado de forma automática.

Qué Gastos Puedes Deducir como Autónomo para Optimizar tu Tramo

Reducir legítimamente el rendimiento neto computable mediante la imputación correcta de gastos deducibles permite situarse en un tramo inferior del RETA y optimizar la factura fiscal del IRPF:

  • Suministros del hogar afectos (teletrabajo): Si trabajas desde tu vivienda habitual y la has afecto parcialmente en el Modelo 036/037, puedes deducir el 30% del porcentaje de metros cuadrados dedicados a la actividad sobre las facturas de agua, luz, gas e internet.
  • Gastos de manutención y dietas: Hasta 26,67 € diarios en España (48,08 € en el extranjero) sin pernocta, o 53,34 € con pernocta, siempre que el gasto se realice en establecimientos de hostelería, en día laborable y se abone mediante tarjeta o medio electrónico.
  • Herramientas profesionales y software: Suscripciones a programas informáticos, licencias de software, dominios, hosting, servicios en la nube, telefonía profesional y servicios de gestoría o asesoría fiscal y legal.
  • Seguros profesionales y de salud: Seguro de responsabilidad civil profesional, seguro de caución y primas de seguro médico privado (hasta 500 € por persona para el autónomo, cónyuge e hijos menores de 25 años).

Plazos y Ventanas Bimestrales para Modificar tu Base de Cotización

La Seguridad Social permite adaptar la base de cotización a la evolución del negocio hasta 6 veces por ejercicio fiscal a través de la sede electrónica de Import@ss:

Ventana de Solicitud Fecha Límite de Registro Entrada en Vigor de la Nueva Cuota
1ª Ventana Del 1 de enero al último día de febrero 1 de marzo
2ª Ventana Del 1 de marzo al 30 de abril 1 de mayo
3ª Ventana Del 1 de mayo al 30 de junio 1 de julio
4ª Ventana Del 1 de julio al 31 de agosto 1 de septiembre
5ª Ventana Del 1 de septiembre al 31 de octubre 1 de noviembre
6ª Ventana Del 1 de noviembre al 31 de diciembre 1 de enero (año siguiente)

Matriz de Decisión: Modalidades y Regímenes de Cotización

Compara de un vistazo las características tributarias, bases mínimas y porcentajes de deducción de cada tipología de autónomo para planificar tu carga fiscal.

Modalidad de Autónomo Tipo de RégimenDeducción Difícil JustificaciónBase Mínima 2026Cuota Mínima 2026Perfil Recomendado
Autónomo Persona Física (General) RETA por Tramos7% automático751,63 € (Tramo 1)235,26 €/mesProfesionales, freelance y comerciantes sin estructura societaria
Autónomo Societario (SL / SLU) RETA Societario3% automático1.000,00 € (Base mínima específica)313,00 €/mesSocios con control societario (>25%/33%) o administradores mercantiles
Tarifa Plana (Nuevo Autónomo) Cuota ReducidaNo aplica en cuotaBase mínima tramo 180,00 €/mesNuevas altas o autónomos sin actividad en los últimos 2 años
Autónomo en Pluriactividad RETA + Régimen General7% automáticoSegún rendimientosReducción de bases / Devolución 50%Trabajadores por cuenta ajena que desarrollan actividad propia paralela

Errores Frecuentes al Calcular y Gestionar la Cuota de Autónomos

01

Confundir la facturación bruta con el rendimiento neto computable

Muchos autónomos seleccionan su tramo basándose en el total facturado en sus facturas. El tramo de la Seguridad Social se calcula estrictamente sobre el rendimiento neto (ingresos sin IVA menos gastos deducibles admitidos por Hacienda menos la deducción del 7% o 3%). Calcular sobre los ingresos brutos provoca cotizar en tramos innecesariamente elevados.
02

No comunicar variaciones de ingresos a lo largo del año fiscal

Mantener una base de cotización fija durante un año en el que tu negocio ha duplicado su facturación generará una reclamación de cuotas retroactivas por parte de la Seguridad Social en la regularización anual. Conviene revisar y ajustar tu tramo en el portal Import@ss en las ventanas bimestrales habilitadas.
03

Olvidar que el IVA no forma parte de los ingresos ni de los gastos

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto neutro en el que el autónomo actúa como mero recaudador de la Agencia Tributaria. Al computar tus rendimientos para la Seguridad Social, debes utilizar exclusivamente la base imponible de tus facturas emitidas y recibidas.
04

Desconocer la deducción del 7% por gastos de difícil justificación

La legislación del RETA contempla una rebaja automática del 7% (3% en societarios) sobre el beneficio neto previo antes de determinar el tramo. No aplicar este porcentaje hace que el autónomo se asigne a un tramo superior al que legalmente le corresponde.

Marco Normativo y Fuentes Oficiales

Los tramos, bases y cálculos de este simulador se fundamentan en la legislación laboral y de la Seguridad Social española:

  • Real Decreto-ley 13/2022: Por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
  • Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015): Artículos 308 a 326 reguladores del Régimen Especial de Trabajadores del Mar y del RETA.
  • Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) e Import@ss: Tablas anuales de bases de cotización y tipos de gravamen para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT): Normativa del IRPF (Ley 35/2006) sobre determinación del rendimiento neto en estimación directa simplificada y normal.

Preguntas Frecuentes sobre la Cuota de Autónomos 2026

¿Cómo se calcula el rendimiento neto mensual para fijar la cuota de autónomo?

El rendimiento neto computable se obtiene restando a todos los ingresos brutos de la actividad (sin IVA) los gastos fiscalmente deducibles. A ese resultado previo se le aplica una deducción automática adicional por gastos genéricos de difícil justificación: un 7% para autónomos individuales o profesionales (personas físicas) y un 3% para autónomos societarios. La cifra final resultante se divide entre 12 meses para determinar el tramo RETA correspondiente.

¿Qué ocurre si mis ingresos reales difieren de la estimación de tramo que elegí?

Al año siguiente, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) realiza un cruce telemático de datos con la Agencia Tributaria al finalizar la campaña del IRPF. Si tus rendimientos netos reales fueron superiores al tramo por el que cotizaste, la Seguridad Social te notificará el importe adeudado que deberás ingresar. Si por el contrario cotizaste de más, la TGSS te devolverá de oficio el exceso cotizado antes del 30 de abril del ejercicio siguiente.

¿Cuántas veces puedo cambiar de tramo de cotización durante el año?

Puedes solicitar el cambio de base y tramo de cotización hasta 6 veces al año a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. Los efectos entran en vigor de forma bimensual: 1 de marzo (para solicitudes de enero y febrero), 1 de mayo (marzo y abril), 1 de julio (mayo y junio), 1 de septiembre (julio y agosto), 1 de noviembre (septiembre y octubre) y 1 de enero del año siguiente (noviembre y diciembre).

¿Quién puede mantener la Tarifa Plana de 80 € en 2026 y cuánto tiempo dura?

La Tarifa Plana reducida de 80 € mensuales se aplica a quienes se den de alta inicial en el RETA o no hayan estado de alta como autónomos en los 2 años inmediatamente anteriores (3 años si disfrutaron de bonificación previa). Tiene una duración inicial de 12 meses. Se puede prorrogar por otros 12 meses adicionales (meses 13 a 24) siempre que los rendimientos netos del autónomo en el primer ejercicio se mantengan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual.

¿En qué se diferencian los autónomos societarios de los autónomos individuales?

Los autónomos societarios (administradores o socios con control efectivo de una sociedad mercantil) tienen una deducción reducida por gastos de difícil justificación del 3% (frente al 7% del autónomo persona física) y están sujetos a una base mínima de cotización fijada reglamentariamente para el colectivo societario equivalente a la del grupo 7 del Régimen General durante sus primeros años.

¿Qué coberturas y prestaciones incluye la cuota mensual de autónomo del 31,30%?

La cotización del 31,30% cubre: Contingencias Comunes (28,30%) para bajas por enfermedad común o accidente no laboral y pensión de jubilación; Contingencias Profesionales (1,30%) para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; Cese de Actividad (0,90%) que da derecho a la prestación por desempleo del autónomo; Formación Profesional (0,10%); y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI, 0,70%) para el fondo de reserva de las pensiones.

Fuentes generales para contrastar conceptos financieros: revisa supervisores y proyectos de educación financiera antes de tomar decisiones relevantes.